En España, a menudo hay discrepancias entre la información del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y la del Catastro. Esta discrepancia puede llevar a confusión, sobre todo cuando los propietarios o posibles compradores quieren saber si se puede construir en una propiedad y cómo, o cuánto hay que pagar de impuestos. A continuación le explicamos por qué se producen estas discrepancias, qué papel desempeñan otros registros y qué se puede hacer para aclarar cualquier confusión.

1. Diferente origen de los datos
1.1 Informe urbanístico (PGOU & Co.)
Carácter legal: El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) o las respectivas Normas Urbanísticas Municipales representan la base jurídicamente vinculante para la clasificación de los inmuebles en España.
Clasificación: Determina si un terreno es urbano, urbanizable o rústico.
Carácter vinculante: Sólo esta clasificación determina en última instancia si se permite la urbanización y qué tipo de urbanización está prevista o permitida.
1.2 Catastro
Registro administrativo y fiscal: El catastro se utiliza principalmente para fines fiscales, en particular para la recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
Criterios de clasificación: Para el catastro, juega un papel importante si una propiedad ha sido edificada, si está situada en una zona con infraestructuras urbanas o si existen otras características que indiquen que puede ser utilizada de forma «urbana».
No siempre está actualizado: Como el catastro se basa menos en la categorización legal que en el uso real o fiscal, no siempre refleja el estado más reciente de la planificación urbana.
Conclusiones: Aunque el catastro puede proporcionar una orientación inicial, no es decisivo para saber si está autorizado a construir. Para ello son decisivos los respectivos planes urbanísticos (PGOU, etc.).

2. Motivos de las discrepancias entre el PGOU y el catastro
2.1 Diferentes criterios de clasificación
Un inmueble puede figurar en el catastro como «urbano» porque, por ejemplo, ya está edificado o se encuentra en una zona que, en principio, podría conectarse a infraestructuras urbanas.
En el plan de desarrollo urbano, sin embargo, la misma propiedad puede seguir estando clasificada como «rústico» o «suelo no urbanizable» si el sector no está urbanizado o aún no se ha previsto su urbanización.
A la inversa, el registro de la propiedad puede seguir mostrando «rústico» aunque el nuevo plan de desarrollo prevea que la zona se urbanice en un futuro próximo.
2.2 Datos obsoletos y errores administrativos
No actualización: Cuando entra en vigor un nuevo PGOU o se produce una recalificación, estos cambios suelen tardar en trasladarse al catastro.
Transferencia incorrecta: A veces se transfieren datos históricos que ahora están desfasados (por ejemplo, antes se clasificaba un terreno como urbano y se reclasificó como rústico, pero el catastro no lo ha actualizado).
2.3 «Zona urbana no consolidada».
En muchos municipios existen zonas previstas como urbanas a largo plazo, pero cuyo desarrollo (carreteras, alcantarillado, etc.) aún no ha tenido lugar.
A menudo, el catastro ya cataloga esas zonas como «urbanas», aunque el PGOU (todavía) las clasifica como «suelo urbanizable no sectorizado» o «no consolidado». En un informe urbanístico oficial, pueden seguir apareciendo entonces como suelo rústico o como suelo urbanizable no consolidado.

3. Otros registros importantes: Registro de la Propiedad
En España, el Registro de la Propiedad existe junto con el catastro. Los derechos y cargas (hipotecas, servidumbres, etc.) se inscriben con seguridad jurídica.
A diferencia del catastro, que está orientado a los impuestos, el registro de la propiedad proporciona una prueba oficial de la propiedad. También en este caso pueden surgir discrepancias (por ejemplo, si los límites de las parcelas en el catastro no coinciden con los datos inscritos en el registro de la propiedad).
Nota: El Registro de la Propiedad aclara principalmente cuestiones de propiedad (y los derechos asociados), mientras que el catastro cumple fines fiscales. El planeamiento urbanístico (por ejemplo, el PGOU) decide en última instancia sobre las opciones de utilización de los edificios.

4. ¿Qué hacer en caso de incertidumbre?
4.1 Obtener información de las autoridades
Infórmese en la administración municipal:
Obtenga confirmación formal de la clasificación de su propiedad. En muchos municipios, se trata de un Certificado Urbanístico o similar, que proporciona información fiable sobre los derechos urbanísticos aplicables.
Conozca el PGOU y las Normas Urbanísticas Municipales:
Estos documentos son la base jurídica autorizada. Compruebe si hay modificaciones en curso o procedimientos de recalificación en curso.
4.2 Asesoramiento especializado de un arquitecto o urbanista
En caso de proyectos de mayor envergadura o de incertidumbres, es aconsejable consultar a un experto en urbanismo o a un arquitecto para:
- Reconocer el posible potencial de desarrollo (por ejemplo, si está pendiente una recalificación).
- Identificar posibles errores y desarrollar una estrategia para corregirlos
- Aportar pruebas o planos que puedan ser necesarios para actualizar el catastro
4.3 Corrección del catastro (si es necesario)
Si está claro que los datos catastrales son manifiestamente incorrectos, puede solicitarse una rectificación catastral.
Para ello suele ser necesario presentar documentos oficiales u opiniones de expertos que muestren la categorización correcta o los límites de propiedad correctos.
En algunos casos, el ayuntamiento también inicia una revisión catastral si es necesaria una actualización a gran escala.

5. ¿Por qué es importante una clasificación correcta?
Derecho de construcción: Si quiere construir en una parcela supuestamente urbana, pero posteriormente se da cuenta de que en realidad la parcela sigue estando clasificada como rústica, puede encontrarse con problemas considerables (por ejemplo, que no le den permiso para construir).
Impuestos: La clasificación en el catastro influye considerablemente en el importe del IBI (impuesto sobre bienes inmuebles). Si, por ejemplo, está clasificado como «urbano», el importe del impuesto puede ser más elevado.
Valoración: Especialmente al comprar o vender, la clasificación urbanística desempeña un papel decisivo en el precio, al igual que el valor catastral (valor catastral).
Resumen
1. Plan urbanístico vs. Catastro
- El plan urbanístico (PGOU, Normas Urbanísticas Municipales) es legalmente vinculante para el uso y desarrollo del suelo.
- El catastro es principalmente un registro fiscal y puede tener clasificaciones obsoletas o desviadas
2. Causas frecuentes de las diferencias
- Diferentes criterios de clasificación
- Datos obsoletos o incorrectos
- «Zona urbana no consolidada»: la clasificación catastral y el desarrollo real divergen.
3. Cómo proceder
- Solicite información oficial al ayuntamiento (por ejemplo, el Certificado Urbanístico).
- Consulte a expertos (arquitecto/urbanista) para aclarar cuestiones jurídicas y técnicas.
- Solicite una rectificación catastral si hay entradas claramente incorrectas.
4. Otros registros
El Registro de la Propiedad es responsable de la propiedad y las cargas, el catastro de las cuestiones fiscales y el PGOU de las cuestiones de derecho de la construcción.
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Note: This document does not constitute legally binding legal advice, but is intended for general information. For specific questions or projects, it is advisable to contact a specialised lawyer, architect or town planner and to consult the relevant authorities.